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Extranjería y Nacionalidad

Permiso Inicial de Residencia

Obtención del primer permiso de residencia legal en España para ciudadanos extracomunitarios.

2–4 meses
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¿En qué consiste?

El permiso inicial de residencia es el primer paso para regularizar tu situación en España de forma legal. Gestionamos el expediente completo: evaluamos tu situación personal, determinamos la vía más adecuada (arraigo laboral, circunstancias excepcionales, reagrupación, trabajo…), preparamos toda la documentación y la presentamos ante la Oficina de Extranjería. Te acompañamos en cada fase hasta recibir la resolución favorable y recoger tu TIE.

¿Qué incluye?

  • Evaluación gratuita de la vía más adecuada a tu situación
  • Revisión y guía de aportación de documentación
  • Cumplimentación del formulario EX-01 o EX-02 según proceda
  • Presentación telemática o presencial ante la Oficina de Extranjería
  • Seguimiento activo del expediente y atención a requerimientos
  • Notificación de resolución y pasos para recoger el TIE

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda el permiso inicial de residencia?

El plazo legal de resolución es de 3 meses desde la presentación. En la práctica, en la mayoría de oficinas de extranjería el tiempo oscila entre 2 y 4 meses, aunque puede alargarse en provincias con mayor carga de trabajo.

¿Qué pasa si no resuelven en el plazo legal?

Si la Administración no resuelve en 3 meses, opera el silencio administrativo negativo. Sin embargo, esto abre la vía de recurso. Te orientamos sobre cómo actuar en ese caso.

¿Puedo trabajar mientras tramito el permiso inicial?

Depende de la vía. Con el arraigo laboral, al presentar la solicitud se puede solicitar un permiso provisional de trabajo. En otras vías no está permitido trabajar durante la tramitación.

¿Qué es el TIE?

La Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) es el documento físico que acredita tu permiso de residencia. Se solicita en comisaría una vez recibida la resolución favorable y se entrega en un plazo aproximado de 30–45 días.

¿Necesito venir en persona a vuestras oficinas?

No. Toda la gestión se realiza de forma online. Tú nos envías la documentación escaneada y nosotros preparamos y presentamos el expediente. Solo necesitarás acudir presencialmente a la Oficina de Extranjería si es obligatorio para tu vía concreta.