Arraigo Familiar
Residencia por vínculo familiar con ciudadano español o residente legal en España.
¿En qué consiste?
El arraigo familiar (art. 125 del RD 557/2011, modificado por RD 629/2022) permite obtener una autorización de residencia de 2 años cuando existen vínculos familiares con ciudadanos españoles o con residentes legales en España. Los supuestos principales son: ser padre o madre de un menor con nacionalidad española, ser hijo/a de padre o madre originariamente español, o ser cónyuge o pareja de hecho registrada de un residente legal con convivencia acreditada.
Puntos clave
No requiere años de permanencia (algunos supuestos)
A diferencia del arraigo social, el arraigo familiar no exige en todos los casos un período mínimo de permanencia en España — lo fundamental es acreditar el vínculo familiar.
Residencia de 2 años renovable
La autorización concedida es de residencia temporal de 2 años, incluye autorización de trabajo y es renovable.
Tres supuestos principales
Padre/madre de menor español, hijo/a de español de origen, o cónyuge/pareja de hecho de residente legal con convivencia acreditada.
¿Para quién es?
- Padres o madres de hijos/as con nacionalidad española
- Hijos/as de ciudadanos españoles de origen (nacidos españoles, no por adquisición)
- Cónyuges o parejas de hecho de residentes legales en España
- Extracomunitarios con vínculo familiar acreditable con español o residente legal
¿Qué incluye?
- Evaluación del supuesto aplicable y viabilidad del expediente
- Revisión y organización de la documentación
- Cumplimentación del formulario EX-01
- Presentación ante la Oficina de Extranjería
- Seguimiento del expediente y atención a requerimientos
Cómo funciona el proceso
- 1
Evaluación del vínculo familiar
Determinamos qué supuesto de arraigo familiar te corresponde y qué documentos necesitas.
- 2
Preparación documental
Revisamos y organizamos toda la documentación. Te indicamos cómo obtener los certificados de antecedentes apostillados.
- 3
Presentación y seguimiento
Presentamos el expediente y hacemos seguimiento activo hasta la resolución.
- 4
Resolución y TIE
Te informamos de la resolución y te orientamos sobre cómo recoger el TIE en comisaría.
No incluido
- Tasa administrativa Modelo 790 cód. 052 (abono por el cliente)
- Traducciones juradas de documentos extranjeros
- Apostillas o legalizaciones de documentos del país de origen
- Recursos en caso de denegación
¿Tienes un familiar español o residente legal en España?
El arraigo familiar puede ser tu vía más rápida para obtener la residencia legal. Evaluamos tu caso sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Cómo acredito el vínculo familiar?
Mediante libro de familia, certificado de nacimiento, sentencia de filiación, certificado de matrimonio o registro de pareja de hecho, según el supuesto.
¿Necesito llevar años en España para el arraigo familiar?
Depende del supuesto. El arraigo familiar como padre/madre de menor español no exige tiempo mínimo de permanencia. El supuesto de cónyuge/pareja de residente legal sí requiere acreditar convivencia.
¿El arraigo familiar incluye autorización de trabajo?
Sí. Las autorizaciones de residencia por arraigo familiar concedidas desde 2022 incluyen en general autorización para trabajar.

